Reforma para portar armas fuera de horario laboral es incongruente: FEDABO

Seguridad

TIJUANA.- La reforma al artículo 46 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, que se votó en el pleno el pasado 7 de septiembre y se publicó en el Periódico Oficial el lunes 25 del mismo mes, con la que se permite la portación de armas a elementos de corporaciones policiales fuera del horario laboral no surte efectos legales porque se contrapone a lo que indica el documento que entrega la Secretaría de la Defensa Nacional, indicó el presidente de la Federación Estatal de Colegios, Barras y Asociaciones de Abogados de Baja California (FEDABO), Hassan Franco Ruíz.

Esta iniciativa estuvo a cargo de los diputados Juan Manuel Molina y Diego Echeverría, quienes junto con su equipo de asesores pasaron por alto los diversos candados que existen en la entidad en materia del uso de armas de fuego.

El abogado opinó que hubo una mala legislación y la consecuencia que podría existir, es que si un oficial es detenido con el arma fuera del horario laboral, podrá ser consignado ante la autoridad federal.

De haber algún secretario de Seguridad que autorice a sus policías portar armas fuera de turno se estaría cometiendo una violación al articulado de la ley. La solución será volver a reformar la ley o interponer alguna controversia.

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