Buscan sancionar con hasta nueve años de prisión a quien cometa acoso laboral

NACIONAL

MÉXICO.- La diputada Cynthia Iliana López Castro presentó iniciativa al Código Penal Federal para tipificar el acoso laboral y sancionar de uno hasta nueve años de prisión a quien lo cometa.

Se definió como la acción por la cual una persona es agredida física, verbal y/o psicológicamente, a través de amenazas, intimidaciones, agresiones, humillaciones, maltrato, insulto, inequidad salarial, acoso sexual, psicológico o de cualquier otro tipo durante su actividad laboral.

Si la persona que comete acoso laboral fuese servidora pública y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo y se le inhabilitará por el mismo término de la pena impuesta, precisa la iniciativa enviada a la Comisión de Justicia para dictamen.

Indicó que en el país existen leyes específicas de protección a los trabajadores que establecen como causales de rescisión de la relación laboral la violencia y los malos tratamientos u otros análogos en contra del trabajador y sus familiares por el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes.

Agregó que, a pesar de la gravedad de las consecuencias, el acoso laboral no se encuentra en el Código Penal, ya que, ante el Ministerio Público, para que investigue los hechos que puedan implicar un delito de esta índole, se debe acusar por alguna de las vertientes que genera este comportamiento, como es la discriminación.

López Castro argumentó que las formas en las que se expresa el acoso laboral son diversas; sin embargo, se pueden identificar en en la organización laboral, aislamiento, intromisión en la vida personal, agresiones físicas, verbales y psicológicas. 

Puntualizó que las consecuencias de comportamiento laboral pueden ser estrés, ansiedad, depresión, frustración, impotencia, insomnio, fatiga, disminución de la autoestima, cambios en el comportamiento, aislamiento, entre otros.