La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia añadió a las modalidades de violencia laboral y docente las figuras jurídicas del acoso laboral
MEXICALI.- La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia añadió a las modalidades de violencia laboral y docente las figuras jurídicas del hostigamiento y acoso laboral, siendo este ámbito uno de los espacios donde más se reflejan las diferencias y desigualdades entre mujeres y hombres.
Esto con el objetivo de que en Baja California se refuercen las leyes que protegen el bienestar de las mujeres, por lo que se fomentan la igualdad y atender la violencia en contra de ellas.
En materia de acoso escolar, las autoridades responsables de la aplicación de la ley que atienden esta materia podrán solicitar la intervención de instancias que coadyuven en la prevención y atención de casos que se presenten entre los alumnos que forman parte de la comunidad estudiantil.
Con esto se reconoce a INMUJER como una entidad orientadora sobre temas de acoso escolar para ruta de prevención y de atención, con lo que se garantizará que los alumnos obtengan el pleno respeto a sus derechos humanos.
En lo que respecta a la ley para prevenir y erradicar la discriminación, se genera una reestructuración sobre los estigmas de la maternidad dándole un sentido de libertad, dignidad y respeto.
En marzo del presente año, Baja California aprobó la tipificación de la Ley Vicaria, con ella se sancionará a los padres que utilicen a sus hijas e hijos y/o dependientes económicos como medio para generar un daño a la mujer.
Esto último incluye condenas del tipo penal de hasta 4 años para las personas que ejerzan este tipo de violencia, además se determinó que perseguirá de oficio y contempla sanciones como: suspensión o pérdida de la patria potestad; embargo de propiedades y sueldos, entre otras.
Con el objetivo de adicionar en el Código Penal reglas respecto de la concretización de la legítima defensa como excluyente del delito, así como del exceso dentro de la misma y adicionar en la Ley de Acceso reglas para el otorgamiento de órdenes de protección se realizó la iniciativa de reforma “Ley Alina”.
En esta se obliga a actuar con perspectiva de género y presumir la legítima defensa cuando una mujer se defienda de su agresor en caso de ser víctima de violencia física, sexual o feminicida, o estar en peligro inminente de serlo, así como la persona que la auxilie para repeler la agresión.