BAJA CALIFORNIA.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los choferes de transporte público no podrán reproducir narcocorridos o cualquier música que promueva la violencia o haga apología al delito.
Esto como análisis de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a diversas disposiciones de la Ley de Movilidad Sustentable y Transporte del Estado de Baja California, pues consideran que la medida es necesaria y proporcional.
Por otra parte, invalidó la obligación de los choferes a cuidar el lenguaje con palabras obscenas u ofensivas, pues se determinó que la calificación de palabras como ofensivas era a criterio personal.
También se validó que le prohíban el acceso a sus unidades a personas en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, así como retirar la prohibición de otorgar permisos para la prestación de taxi tanto a servidores públicos como a familiares.
Los efectos de este asunto serán determinados durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN.