Se recomendó a los contribuyentes obtener asesoría de un profesional en temas fiscales y así evitar posibles multas
TIJUANA.- De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad serán considerados como ingresos por los que se deberán pagar contribuciones.
Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista refirió que todo lo que ingresa a la cuenta bancaria de una persona física, tanto depósitos como transferencias, puede ser considerado ingreso por la autoridad fiscal, salvo prueba en contrario.
Es por ello que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) notifica mediante avisos para que el contribuyente aclare la procedencia de ese depósito o transferencia, anotó.
Ejemplificó que si el contribuyente tiene una cuenta bancaria en la que recibe 30,000 pesos durante el mes, el SAT podría considerar que es ingreso y que se debe pagar el impuesto correspondiente.
“Si el contribuyente aclara que esos 30,000 pesos son ingresos de nómina, y que el patrón retuvo el Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente, ese sería el salvo prueba en contrario, por ello es importante adelantarse a este tipo de avisos para enviar aclaraciones”, advirtió.
En ese sentido, Pickett Corona señaló que todos los movimientos tienen que estar debidamente soportados de manera documental.
En cualquiera de los supuestos, concluyó, el contribuyente debe reportarle al SAT los movimientos e ingresos de sus cuentas, para lo cual es recomendable obtener la asesoría profesional en temas fiscales para evitar sanciones.